Estoy pensando en adquirir una casilla rodante de tiro, las pequeñas para salidas rápidas y de breve tiempo, algunos de los modelos que realizan los fabricantes de teardrops en la Argentina.

A la hora de elegir nuestro fabricante también debemos conocer que dice la ley de tránsito para conducir trailers o casillas rodantes, que reglamentaciones, consideraciones y consejos a tener en cuenta antes de salir a la ruta con tranquilidad.
Qué dice la ley de tránsito?
En resúmen la reglamentación vigente dice que la casilla rodante debe mostrar en la parte trasera una placa de identificación del vehículo que la remolca. Es una patente deber ser la nueva de color rojo con el número de la patente del auto
NO VA MAS LA PATENTE con el 101
Debe llevar las líneas en cintas refractarias, blancas de costado y rojas traseras. También el círculo de velocidad máxima, generalmente 80Km consulte con el fabricante.
El fabricante expide un certificado de fabricación, llevarlo como así también su factura puede ser podido por la policía caminera, más aún en fronteras.
El carnet de conducir debe ser el de categoría B2 que autoriza la conducción con casa rodante no motorizada, la categoría B1 habilita a motorhomes o casilla rodante motorizada, ésto a veces presenta a confusión. (B2 habilita a vehículos de tiro de hasta 750 kg)
La casa rodante o trailer lleva un seguro obligatorio ADICIONAL al del vehículo, es un seguro contra terceros solamente del vehículo remolcado.
El enganche de la rodante deberá poseer 2 cadenas adicionales a “la bocha”, en caso de soltarse la misma quedará sujeto a la rodante al vehículo por las cadenas.
Las luces del vehículo rodante de arrastre deberá tener luces sincronizadas de posición, stop y giro.
Cuando no se utiliza el vehículo de arrastre SE DEBE QUITAR la bocha del enganche o podrá llevar multa.
Nuevo Post Enero 2022: Cómo patentar un trailer usado Paso a Paso | Autos y Camionetas Blog (chetoba.com.ar)
Algunos consejos para conducir con una casilla rodante.

El conjunto (vehículo de tiro más el remolque) será más pesado y largo de lo normal, tenga ésto presente a la hora de sobre pasar a otro vehículo.
El hecho de ser un vehículo más pesado hará que sea necesario más distancia de frenado.
Practique mucho antes de salir a la ruta el doblar, estacional y maniobrar con el trailer.
El viento y maniobras bruscas resultarán en desestabilización del vehículo, conduzca con cuidado.
Evite utilizar la marcha directa, 5ta o 6ta con un remolque si el peso es similar a la mitad del vehículo motorizado, ésto afecta la tracción (diferencial por ejemplo)
Verifique siempre el estado de los neumáticos del trailer o rodante, tanto la presión como el dibujo de las cubiertas.
Cuando remolca un vehículo conserve siempre la derecha para facilitar el sobre paso a otros vehículos
En rutas de doble mano esté atento a los cambios en la conducción que le genera el viento real y el aparente originado por grandes vehículos que circulan en sentido contrario, si nota un importante desbalanceo deténgase hasta que mejoren las condiciones o haga revisar todo el conjunto para circular con seguridad (lanza muy larga, vehículo arrastrado demasiado grande para el vehículo de tiro, etc)
Anticipe cada maniobra con las luces de giro. Tenga en cuenta el largo del vehículo completo a la hora de tomar curvas cerradas o giro en calles.
Las ruedas del trailer o rodante no copian la huella del vehículo original de forma exacta, sobre todo si difiere el ancho de la trocha (distancia entre ruedas de un mismo eje)
En lo posible evite la marcha reversa con un vehículo de arrastre, de preferencia utilice asistencia de otra persona para las maniobras ya que el vehículo tirado responde al revés del volante y no siempre entra en el campo visual del espejo retrovisor
Si desea aportar información adicional por vuestra experiencia en rutas por favor las puede agregar en los comentarios abajo.
Tal vez te interese conocer el listado actualizado de fábricas de casas rodantes, motorhome y campers en Argentina
By Chetoba 2021 / 2022
Nueva LEY DE TRANSITO (2019) para vehículos de REMOLQUES
Publicación del Boletín Oficial
Ministerio de justicia y derechos humanos dirección nacional de los registros nacionales de la propiedad del automotor y de créditos prendarios
Disposición 323/2019 – DI-2019-323-APN-DNRNPACP#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2019 VISTO la Ley N° 24.449 y sus modificatorias, su Decreto reglamentario Nº 779 del 20 de noviembre de 1995 y sus modificatorios, la Resolución N° RESOL-2018-928-APN-MJ del 19 de octubre de 2018 del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, las Disposiciones Nros. 1136 del 11 de diciembre de 1996 y DI-2018-125-APN-DNRNPACP#MJ del 16 de abril de 2018 de esta Dirección Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso d) del artículo 33, Título V del ANEXO 1 del Decreto N° 779 del 20 de noviembre de 1995 -modificado por el artículo 9º del Decreto Nº 32 del 10 de enero de 2018-, reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 24.449, establece en su parte pertinente que “(…) los acoplados, remolques y Tráileres destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, comprendidos en la categoría O1, remolcados por vehículos automotores de uso particular deberán presentar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS, la certificación de seguridad vehicular que por normas complementarias se establezca”, en cuyo caso se prevé que “(…) dichos vehículos portarán una placa identificatoria alternativa”.
Que por conducto de la Resolución enunciada en el Visto se han introducido modificaciones en el Anexo I del Convenio Marco suscripto por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ACARA) en el marco de la Leyes Nros. 23.283 y 23.412, registrado bajo el número M.J. y D.H. Nº 1797 del 17 de septiembre de 2012 y sus modificatorias, con el objeto de incorporar, entre otras cosas, la “Placa de Identificación Metálica para Tráileres”, a la nómina de elementos registrales que suministra el mencionado Ente Cooperador.
Que, en esa senda, esta Dirección Nacional emitió la Disposición DI-2018-125-APN-DNRNPACP#MJ que aprobó el modelo de “Placa de Identificación Metálica para Tráileres” y reguló el procedimiento para su obtención (Sección 14ª, Capítulo III, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, denominada “Expedición de Placa de Identificación Alternativa para Tráileres destinados al traslado de Equipaje, Pequeñas Embarcaciones Deportivas o Elementos de Recreación Familiar”), que entrará en vigencia cuando así lo disponga este organismo.
Que, en la actualidad, estos pequeños remolques circulan de conformidad con lo establecido en la Disposición D.N. N° 1136/96, con una placa de libre impresión que contiene el número del dominio del automotor que lo remolca, precedido por el número “101”.
Que, en ese marco, resulta oportuno disponer la entrada en vigencia de las citadas previsiones normativas, introduciendo cambios en la operatoria oportunamente aprobada para dotar de un elemento identificatorio externo a los vehículos de remolque de la categoría O1 (definidos por su peso máximo -incluyendo la carga- de SETECIENTOS CINCUENTA (750) kilogramos), destinados a actividades recreativas.
Que, a ese respecto, corresponde destacar que el artículo 2° de la Resolución RESOL-2018-928-APN-MJ instruye a esta Dirección Nacional para que el trámite de solicitud de la “Placa de Identificación Metálica para Tráileres” sea gestionado de manera digital, sin costo alguno por ese concepto.
Que, por lo expuesto, se entiende que se encuentran dadas las condiciones para disponer la vigencia de lo establecido en la Disposición N° DI-2018-125-APN-DNRNPACP#MJ en relación con los remolques de la categoría O1 destinados a actividades recreativas.
Que, no obstante lo expuesto, y en atención a que en la actualidad, como ya se indicara, estos vehículos circulan en cumplimiento de lo establecido en la Disposición D.N. N° 1136/96, que es una norma emanada de esta Dirección Nacional, corresponde establecer un plazo razonable para que regularicen su situación y circulen con la placa cuya expedición se regula en la presente norma.
Que ha tomado debida intervención el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS NORMATIVOS Y JUDICIALES de esta Dirección Nacional.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88 y el artículo 2° de la Resolución RESOL-2018-928-APN-MJ.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese la Sección 14ª, Título II, Capítulo III del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, por la que obra como Anexo (IF-2019-85368275-APN-DNRNPACP#MJ) de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Los Tráileres categoría O1 destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, que en la actualidad se encuentren identificados mediante el procedimiento establecido en la Disposición N° 1136/96 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, deberán adecuarse a lo dispuesto en la Sección 14ª, Título II, Capítulo III del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor dentro de los DOCE (12) meses posteriores a la entrada en vigencia de la presente.
ARTÍCULO 3°.- La presente entrará en vigencia el día 1° de noviembre de 2019, oportunidad en que también cobrarán vigencia los artículos 5°, 7°, 11 y 12 de la Disposición N° DI-2018-125-APN-DNRNPACP#MJ.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, atento su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Oscar Agost Carreño
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/09/2019 N° 72578/19 v. 25/09/2019
159 Comentarios
hola buenas noches , estoy por comprar una casa rodante de 6mts. que pesa 1250kg. y no encuentro información sobre que documentación necesito ,categoría de registro y si puedo transportarlo con un auto común o solo está permitido con camionetas . muchas gracias
Hola Mario.
Respecto al peso y al vehículo no es un tema de leyes solamente si se puede usar con autos o vehículos. Hay que ver el manual del coche o camioneta porque los vehículos tienen un límite de capacidad de carga de arrastre. No es lo mismo llevar un trailer de xx pesos con una Ford F100 que con un Fiat Palio, ahí ya no es un tema de ley.
Al dorso de la licencia de conducir debería decir que tipo de vehículo podés conducir, no sé en la nacional, dónde yo vivo la licencia es otorgada por el municipio y en mi caso lo especifica, si la tuya no lo hace consultalo en el organismo que la ha emitido. Algunas casillas, creo que las de más de 1000 kg requieren de freno propio, pues en bajada ése peso empuja el auto, puede que necesites hacer modificaciones en el sistema de frenado para acoplar la casilla, algunos son eléctricos y sencillos, otros dependerán del vehículo. También si la compras nueva consulta con el fabricante o bien con quien la tenga que es lo que tiene. Siempre lo mejor es consultar al registro que te corresponde sobre las homologaciones que pide para los vehículos a remolque.
Suerte, espero que puedas poner todo en órden y disfrutar de tu rodante.
Hola como estas? Estamos por retirar,mañana exactamente una miniroad que compramos con mi compañera. Hace 30 días la encargamos y el fabricante nos provee de la patente 101 seguida por el número del vehículo, más el certificado de fabricación etc. Deberíamos pedirle algo más al fabricante respecto de la patente? O a partir de su entrega la nueva patente depende de nosotros?
Hola jorge, en primer lugar felicitaciones por la compra
Mirá, la verdad que poco se sabe de ésto porque muchos preguntan, yo no estoy ahora en ésa situación y no hubo nadie que haya preguntado y luego pasó por acá para contar qué fue lo que hizo, consiguió averiguar tras un caso real o cómo está circulando
Pero yo te diría que lo hables con la fábrica, mejor que ellos nadie debería saberlo, no hablaría bien de la empresa que no sepan qué tenés que hacer ni tampoco que te entreguen algo nuevo y te transfieran un problema
Confiemos que con ésa patente actualmente aún se puede usar. Ya es bueno que te entreguen el certificado de fabricación, guardá la factura y preguntá si ellos te pueden hacer la homologación.
Creo que por ahora la nueva ley no está, pero si ya estuviera o pronto entre en vigencia tendrás lo que te piden, mucho peor están los que compraron usado y no tienen ni factura ni nada.
Exitos y te agracería mucho que nos cuentes tu experiencia en cuanto al trámites y luego de su utilización en el verano y como te fué en los controles
A disfrutarla ahora. Abrazo
Hola. consulto aquí porque veo que aqui hay gente q sabe.. para la próximas vacaciones de verano decidimos alquilar una casilla rodante para transitar por las rutas del sur de nuestro pais, pero desconozco la reglamentación, que documentacion e información deberia drme el dueño, que tipo de tramite debo hacer yo? muchas gracias.
Hola Vanesa. Si vas a alquilar no te preocupes porque la empresa que te alquile la casa rodante tiene que dar todo en regla y deberá responderte a todas tus consultas.
Hola cómo andas te quería consultar soy de Córdoba y tengo que viajar a Buenos Aires con la casa rodante .yo se la compré a un amigo a él se la dieron en parte de pago por otro auto y no tengo ningún papel de la casilla .tengo que hacer algo en el registro ? Y otra pregunta es por la patente la puedo hacer en cualquier lado o si o si en el registro ..leyendo otros comentarios vi que hablas de la itv o Vtv esta tiene unas obleas pegadas vencidas del 2010 .tendria que llevarla a verificar también …espero tu respuesta muchas gracias
Hola Oscar. Hay bastante info confusa al respecto. Si o si vas a precisar seguro, por lo que hay que ver si no tiene seguro qué te piden en el mismo, yo consultaría en el registo. Mínimo la patente 101 con el número de patente de tu coche, pero éso ya en teoría es viejo, la ley cambió, sin embargo veo muchas en la ruta con la placa 101.
Si la podés hacer verificar mejor, y homologar también así podés hacer la nueva patente. La verificación también sería para tu seguridad y tranquilidad, salvo tengas pensado venderla pronto, en ése caso, no la usaría mucho hasta venderla, pero éso es una opinión totalmente personal, desconozco tu caso y habrá que investigar más en un registro que dice la ley actual o hablar con algún policía de la caminera que puedas encontrar en alguna ruta antes de hacer tu viaje a ver que te dice.
Buenas, alguien sabrá cuál es la velocidad máxima para transitar ir autopista con trailer? Gracias
Hola. Supongo que debe variar según tamaño del trailer, peso del trailer y de la carga. Si el trailer es de fábrica consultar con la misma, si el trailer fue armado de forma cacera preguntar a la policía de tránsito o caminera, pero no debe ser mayor a 90 km/hora la velocidad de uso de trailer, puede que sea incluso menor, dudo que autoricen a circular a 100km o por encima
Saludos, suerte.
Buenos dias. Quisiera consultar lo siguiente: estoy por comprar una mini rodante para 2 personas. Pesa 350 kg. El fabricante me dice que tienen los planos para la homologación, que lo hacemos al comprarla con su ingeniero o por las nuestras. Y que con eso luego podré patentarla. Que no la entregan homologada porque la ley aun no está reglamentada.
Me genera duda. Podrás informarme al respecto como debería ser? Muchas gracias
Hola Natalia
Hay dudas porque salió la ley de homologación antes de la pandemia con un plazo de vencimiento que cayo en pandemia por lo tanto se viene prorrogando. Acércate a un centro de VTV (Verificación técnica automotor o vehicular) y consulta precio de ingeniero para la homologación y fíjate lo que te cobran o cuanto te cobra el ingeniero de la empresa, seguramente con el de la empresa sea todo mas rápido. Yo tengo un motor home y la empresa que me la armo me paso un precio por dármela homologada y yo lo hice por mi cuenta por apenas un poco mas de la mitad y fue un tramite mas que sencillo ya que es recaudatorio, la verdad que ni se subió el ingeniero a ver nada, incluso me cobraron la primera vez por las fotos que había que sacar, pensé era algo con reglas, ángulos, planos y mediciones, pero no, el tipo sacaba fotos con su celular, peor que el mío. La segunda vez que tuve que homologar una rodante hice yo las fotos y las lleve impresas, me ahorre una enorme cantidad de dinero ya que el precio por ese servicio parecía tarifado por la asociación de fotógrafos de NatGeo…. Argentina maravillosa
Muchísimas gracias por tu respuesta! Clarísima. Es VyV o VTV.? Por las dudas para saber que buscar…
Te agradezco mucho!
Hola Natalia, puse los 2 nombres porque varía en algunas provincias, pero es lo mismo, la verificación técnica del vehículo, podrás averiguarlo expresándolo así.
Suerte y me avisas como fue así queda la respuesta para otros usuarios
hola. mi duda es…para las casillas rodantes, donde esta todo lo que debe tener, frenos, patente(entendi) … donde puedo ver eso, por lo que lei en el articulo, siempre se refiere a tráileres
Buenos días.
Te consulto por las velocidades máximas, ya que observo un vacío en lo que hace a automotores con trailer de peso menor a 750kg. Solo veo que en caso de casa rodante la máxima es 80km/h, pero los trailers con vehículos de esparcimiento (un cuatriciclo) no entrarían dentro de la categoría “casa rodante”. Te agradezco la respuesta. José
Hola José, no tengo info del tema, hace un par de días hablaba de algo similar con mi señora en la ruta. Si enganchás atrás a un teardrop tenés que ir a 80 y me pasó cuna camioneta a 120 o más que atrás llevaba un trailer con 4 motos enduro, era un trailer muy grande, lo mismo cuando pasan con una lancha, además del tamaño no debe ser muy inferior el peso.
Tal vez exista una ley para todo tipo de remolques que establezcan una máxima de 80, sólo que muchos no la respetan
Un saludo, si me entero de algo actualizo el post
Muchas gracias por la rápida respuesta.
Te cuento el particular. Fiat toro con trailer llevando el cuatriciclo, transitando Ruta 8 en Córdoba… Multa de $$$$$ (mucho) por circular a más de 80km/h. Me pongo a leer, y todo habla de casa rodante (vivienda móvil dice la normativa), que no es el caso.
No sé si se aprovechan del vacío, si lo hacen por desconocimiento, o si tienen razón, y muchos que andamos con trailer común (donde llevamos víveres para las vacaciones a veces) infringimos la normativa.
Muchas gracias. Seguiré leyendo también.
José
Ah! pensé tenías una rodante y querías ir más rápido jaja. Buscá info para poder hacer el descargo, si no de la múltas de Córdoba no zafás, pagá con descuento porque vivo acá en la provincia y es todo un tema.
Te deseo suerte y siempre que cualquier persona viaje a Córdoba en el presupuesto de viaje hay que calcular al menos una 10 lucas de multas porque siempre algo encuentran en la capital mundial de la infracción de tránsito jajajajaja
Avisame cómo te fué.l Suerte
Hola, buenas tardes. Quería consultarte si tenés idea, si habrá algún inconveniente en viajar con una casilla rodante remolcada por una trafic. Debido el largo total de ambos. Desde luego muchas gracias. Saludos!
Hola Nestor
No debería haber problema con el largo, un camión para el caso es mucho más largo, en todo caso hay que ver la licencia de conducir que tiene en cuanto al tamaño de vehículos que te habilita a conducir, pero el largo no sería el problema
Saludos
Buena info y por fian alguien pone información.
Respecto a la placa TRAILER con la franja roja, esa placa es solo para equipos categoría O1 (hasta 750kg con carga incluída) NO COMERCIALES.
Se reemplaza la 101 y la placa se solicita en el registro automotor mediante un CSV.
Luego, los que poseen casas rodantes o equipos mayor a 750kg o doble eje, deben ser PATENTADOS mediante CSV emitido por la CNTySV a través de fabricantes inscriptos, dónde se grabará VIN en el chasis, se emitirá formularios 01, 12d, certificado de fabricación emitido desde la DNRPA y factura electrónica de compra, con todo esto más el CSV se realiza el patentamiento según disposición 58/2018 de la CNTySV .
Saludos y cualquier consulta a sus órdenes
Victor Tkaczuk
GOTITAS RODANTES
WhatsApp 11 3594-0478
Cel.: 11 5311-7331
Hola Victor, muchas gracias por tu actualización y es muy útil viniendo de parte de un fabricante
Saludos
Hola: tengo registro d22, me habilita a conducir una casa rodante?
Hola Horacio, desconozco, tal vez puedas consultar en tu seccional del registro automotor
Saludos, suerte
Nota: Al dorso de tu licencia no dice nada?
Mi licencia es la B2, de Argentina, no sé cual es tu país, y en la parte de atrás dice…
Habilitado para conducir automóviles y camionetas con remolque de hasta 750 kg y/o vehículos de un peso máximo de 3500 Kg
Suerte che! un saludo
Excelente info pero me quedan dos dudas, puedo usar una casilla rodante hecha por mi misma?o sea sin factura de compra. Mi coche mide 1,70 de ancho, puede mi casilla ser más ancha que esa medida? Quiero una casilla de 2,10 como para que quepa una cama a lo ancho.
Ojalá me puedan ayudar. Muchas gracias
Hola Katherine. No se recomienda mucho más ancho que el vehículo, porque te va a frenar mucho, pensá en el viento que se genera, el auto o camioneta trabaja como rompe viento pero si es más ancho… Siempre habrá que homologar la construcción por el ingeniero que te recomiende el registro, alguien tiene que validar la construcción y tener seguro, te lo va a pedir el seguro a los datos de la casilla
Saludos
Hola como estas? estoy por transformar mi trailer en una casa rodante multi uso, me preocupa si al patentarla o asegurarla me piden algun certificado de fabricacion homologado cuando estamos hablando algo casero, bien hecho y con toda la seguridad necesaria pero sigue siendo casero…. es viable igual o hay que comprar algo homologado si o si? gracias!!!!!
Hola Leonardo, si bien yo hice un motorhome y no un trailer, el mismo fue hecho bastante casero por dentro. Eso hace que para que figure así en el registro y poder asegurarlo tenga que homologarlo. La homologación la hace un ingeniero Acomorizado (entiéndase la palabra, mix de autorizado con acomodado) por el registro automotor de tu domicilio. Hace 3 años me cobraron un fangote de plata por un sellito, unas fotos de celular y una inspección ocular.
Hola buenas tardes, tengo una minirodante y fui al registro del automotor, me dijieron que no necesitaba la patente roja nueva, que con la 101.mas la patente del vehículo ya estaba bien para viajar.. Yo voy desde la provincia de Buenos Aires, santa fe, entre ríos, Corrientes. Quiero viajar tranquilo y necesito aceramiento..
Lo que te digan en el regsitro POR ESCRITO, caso contrario, llegás a Entre Rios y un oficial no opina lo mismo y tenés un problemón de criterios o de actualización de normas o bien voluntad del oficial de turno. Hay una ley que ya tiene casi 2 años que dice que hay una nueva placa obligatoria. SI AUN ESTA VIGENET la 101 que te den algo impreso para defenderte, sinó buscá otra opinión o consultá la web de la Dirección Nacional de Tránsito. Desconozco el tema trailer, no tengo actualmente nada que requiera de ése tipo de patente así que no tengo la experiencia. Suerte y avisanos