Estoy pensando en adquirir una casilla rodante de tiro, las pequeñas para salidas rápidas y de breve tiempo, algunos de los modelos que realizan los fabricantes de teardrops en la Argentina.

A la hora de elegir nuestro fabricante también debemos conocer que dice la ley de tránsito para conducir trailers o casillas rodantes, que reglamentaciones, consideraciones y consejos a tener en cuenta antes de salir a la ruta con tranquilidad.
Qué dice la ley de tránsito?
En resúmen la reglamentación vigente dice que la casilla rodante debe mostrar en la parte trasera una placa de identificación del vehículo que la remolca. Es una patente deber ser la nueva de color rojo con el número de la patente del auto
NO VA MAS LA PATENTE con el 101
Debe llevar las líneas en cintas refractarias, blancas de costado y rojas traseras. También el círculo de velocidad máxima, generalmente 80Km consulte con el fabricante.
El fabricante expide un certificado de fabricación, llevarlo como así también su factura puede ser podido por la policía caminera, más aún en fronteras.
El carnet de conducir debe ser el de categoría B2 que autoriza la conducción con casa rodante no motorizada, la categoría B1 habilita a motorhomes o casilla rodante motorizada, ésto a veces presenta a confusión. (B2 habilita a vehículos de tiro de hasta 750 kg)
La casa rodante o trailer lleva un seguro obligatorio ADICIONAL al del vehículo, es un seguro contra terceros solamente del vehículo remolcado.
El enganche de la rodante deberá poseer 2 cadenas adicionales a “la bocha”, en caso de soltarse la misma quedará sujeto a la rodante al vehículo por las cadenas.
Las luces del vehículo rodante de arrastre deberá tener luces sincronizadas de posición, stop y giro.
Cuando no se utiliza el vehículo de arrastre SE DEBE QUITAR la bocha del enganche o podrá llevar multa.
Nuevo Post Enero 2022: Cómo patentar un trailer usado Paso a Paso | Autos y Camionetas Blog (chetoba.com.ar)
Algunos consejos para conducir con una casilla rodante.

El conjunto (vehículo de tiro más el remolque) será más pesado y largo de lo normal, tenga ésto presente a la hora de sobre pasar a otro vehículo.
El hecho de ser un vehículo más pesado hará que sea necesario más distancia de frenado.
Practique mucho antes de salir a la ruta el doblar, estacional y maniobrar con el trailer.
El viento y maniobras bruscas resultarán en desestabilización del vehículo, conduzca con cuidado.
Evite utilizar la marcha directa, 5ta o 6ta con un remolque si el peso es similar a la mitad del vehículo motorizado, ésto afecta la tracción (diferencial por ejemplo)
Verifique siempre el estado de los neumáticos del trailer o rodante, tanto la presión como el dibujo de las cubiertas.
Cuando remolca un vehículo conserve siempre la derecha para facilitar el sobre paso a otros vehículos
En rutas de doble mano esté atento a los cambios en la conducción que le genera el viento real y el aparente originado por grandes vehículos que circulan en sentido contrario, si nota un importante desbalanceo deténgase hasta que mejoren las condiciones o haga revisar todo el conjunto para circular con seguridad (lanza muy larga, vehículo arrastrado demasiado grande para el vehículo de tiro, etc)
Anticipe cada maniobra con las luces de giro. Tenga en cuenta el largo del vehículo completo a la hora de tomar curvas cerradas o giro en calles.
Las ruedas del trailer o rodante no copian la huella del vehículo original de forma exacta, sobre todo si difiere el ancho de la trocha (distancia entre ruedas de un mismo eje)
En lo posible evite la marcha reversa con un vehículo de arrastre, de preferencia utilice asistencia de otra persona para las maniobras ya que el vehículo tirado responde al revés del volante y no siempre entra en el campo visual del espejo retrovisor
Si desea aportar información adicional por vuestra experiencia en rutas por favor las puede agregar en los comentarios abajo.
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By Chetoba 2021 / 2022
Nueva LEY DE TRANSITO (2019) para vehículos de REMOLQUES
Publicación del Boletín Oficial
Ministerio de justicia y derechos humanos dirección nacional de los registros nacionales de la propiedad del automotor y de créditos prendarios
Disposición 323/2019 – DI-2019-323-APN-DNRNPACP#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2019 VISTO la Ley N° 24.449 y sus modificatorias, su Decreto reglamentario Nº 779 del 20 de noviembre de 1995 y sus modificatorios, la Resolución N° RESOL-2018-928-APN-MJ del 19 de octubre de 2018 del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, las Disposiciones Nros. 1136 del 11 de diciembre de 1996 y DI-2018-125-APN-DNRNPACP#MJ del 16 de abril de 2018 de esta Dirección Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso d) del artículo 33, Título V del ANEXO 1 del Decreto N° 779 del 20 de noviembre de 1995 -modificado por el artículo 9º del Decreto Nº 32 del 10 de enero de 2018-, reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 24.449, establece en su parte pertinente que “(…) los acoplados, remolques y Tráileres destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, comprendidos en la categoría O1, remolcados por vehículos automotores de uso particular deberán presentar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS, la certificación de seguridad vehicular que por normas complementarias se establezca”, en cuyo caso se prevé que “(…) dichos vehículos portarán una placa identificatoria alternativa”.
Que por conducto de la Resolución enunciada en el Visto se han introducido modificaciones en el Anexo I del Convenio Marco suscripto por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ACARA) en el marco de la Leyes Nros. 23.283 y 23.412, registrado bajo el número M.J. y D.H. Nº 1797 del 17 de septiembre de 2012 y sus modificatorias, con el objeto de incorporar, entre otras cosas, la “Placa de Identificación Metálica para Tráileres”, a la nómina de elementos registrales que suministra el mencionado Ente Cooperador.
Que, en esa senda, esta Dirección Nacional emitió la Disposición DI-2018-125-APN-DNRNPACP#MJ que aprobó el modelo de “Placa de Identificación Metálica para Tráileres” y reguló el procedimiento para su obtención (Sección 14ª, Capítulo III, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, denominada “Expedición de Placa de Identificación Alternativa para Tráileres destinados al traslado de Equipaje, Pequeñas Embarcaciones Deportivas o Elementos de Recreación Familiar”), que entrará en vigencia cuando así lo disponga este organismo.
Que, en la actualidad, estos pequeños remolques circulan de conformidad con lo establecido en la Disposición D.N. N° 1136/96, con una placa de libre impresión que contiene el número del dominio del automotor que lo remolca, precedido por el número “101”.
Que, en ese marco, resulta oportuno disponer la entrada en vigencia de las citadas previsiones normativas, introduciendo cambios en la operatoria oportunamente aprobada para dotar de un elemento identificatorio externo a los vehículos de remolque de la categoría O1 (definidos por su peso máximo -incluyendo la carga- de SETECIENTOS CINCUENTA (750) kilogramos), destinados a actividades recreativas.
Que, a ese respecto, corresponde destacar que el artículo 2° de la Resolución RESOL-2018-928-APN-MJ instruye a esta Dirección Nacional para que el trámite de solicitud de la “Placa de Identificación Metálica para Tráileres” sea gestionado de manera digital, sin costo alguno por ese concepto.
Que, por lo expuesto, se entiende que se encuentran dadas las condiciones para disponer la vigencia de lo establecido en la Disposición N° DI-2018-125-APN-DNRNPACP#MJ en relación con los remolques de la categoría O1 destinados a actividades recreativas.
Que, no obstante lo expuesto, y en atención a que en la actualidad, como ya se indicara, estos vehículos circulan en cumplimiento de lo establecido en la Disposición D.N. N° 1136/96, que es una norma emanada de esta Dirección Nacional, corresponde establecer un plazo razonable para que regularicen su situación y circulen con la placa cuya expedición se regula en la presente norma.
Que ha tomado debida intervención el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS NORMATIVOS Y JUDICIALES de esta Dirección Nacional.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88 y el artículo 2° de la Resolución RESOL-2018-928-APN-MJ.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese la Sección 14ª, Título II, Capítulo III del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, por la que obra como Anexo (IF-2019-85368275-APN-DNRNPACP#MJ) de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Los Tráileres categoría O1 destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, que en la actualidad se encuentren identificados mediante el procedimiento establecido en la Disposición N° 1136/96 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, deberán adecuarse a lo dispuesto en la Sección 14ª, Título II, Capítulo III del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor dentro de los DOCE (12) meses posteriores a la entrada en vigencia de la presente.
ARTÍCULO 3°.- La presente entrará en vigencia el día 1° de noviembre de 2019, oportunidad en que también cobrarán vigencia los artículos 5°, 7°, 11 y 12 de la Disposición N° DI-2018-125-APN-DNRNPACP#MJ.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, atento su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Oscar Agost Carreño
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/09/2019 N° 72578/19 v. 25/09/2019
159 Comentarios
Hola! Queria consultarles. Tengo una partner 1.4. Tira una casa rodante de 3.50?
Hola Ana. Depende del peso de la rodante y lo que lleve de carga y del estado del motor de la partner. tienes que saber el peso de la rodante y calcular el peso de lo que se le pone adentro (heladera, garrafa, ropa y otras cosas, todo es peso) El manual del vehiculo te especifica cuanto es la carga máxima que puede llevar tu vehiculo en tiro trasero de remolque, si no tienes el manual o no lo dice (cosa que todo manual indica) lo pides a fabrica. Consulta siempre manual del vehiculo o lo que te diga Peugeot Argentina, no tanto en foros porque que alguno la lleve de tiro no quiere decir que no le genere un dano al vehiculo llevar sobrepeso
Hola! mis felicitaciones por el diseño del blog y estilo de vida! pregunta: Ante la idea de construir una “Tiny house” (populares en EE.UU y europa) es posible realizar esto en Argentina? cuales son las normativas a tener en cuenta? ya hay en existencia en BsAs empresa contructora de estas CR (casarellaTiny) pero son poco accesibles o demasiado grandes para mis necesidades. por eso mis preguntas.
es posible, recomendable, construirse una CR de este tipo? que reglamentaciones tendria que cumplir? (teniendo presente tambien que en algunas fronteras piden datos de fabricante etc)
Apelo a tu conocimiento y que seguro has visto sobre el tema, antes de empezar el proyecto.
Te agradezco la atencion y el tiempo que te tomas de leer este comentario! EXITOS!
Hola Joaquin. El tema es que no son casas rodantes, que se puedan trasladar es algo diferente a irse de vacaciones con éso por la ruta. Bien por el minimalismo jaja, me encantan pero creo que son para poner en un terreno y dejarla ahí bastante tiempo, llegado el caso mudarla pero no es algo que me voy de camping a recorrer América. sin dudas el vehiculo sufre, la vivienda también dependiendo la ruta, el viento ni te cuento, consumo de combustible, etc. Saludos
Hola Che Toba, desde hace tiempo sigo tú blog, y adquirí un vehículo similar al tuyo, Iveco Cubik 2014, y ya esta registrado como casa rodante motorizada, el tema es que el carnet habilitante B1 autoriza vehículos con un peso bruto total o cargado, que no exceda las 3.5 ton.
Cómo transitar, sin cambiar la categoría, debido qué la Iveco Cubik tiene 3850 kg., si tenés algún comentario te voy agradecer. Andrés.
(Desde ya el vehículo es espectacular para viajar).
Hola Andres, no creo que te hagan problemas, es letra muy fina, yo también noté ése detalle pero ya salí del país sin problemas y me pararon muchas veces en rutas Argentinas. Hace poco que se venció mi licencia y al renovar pedí una B2. Sugiero o cambiar la licencia ahora si querés estar más tranquilo o aguardar hasta el próximo vencimiento.
Saludos
Gracias, como aporte y, a mí manera de interpretar, bajé la legislación del Mercosur: Res. 35 /94 , (son recomendaciónes para países miembros, la argentina se adhirió Decreto 779/95 ?), dice: 2.3 categoría M1b…
“teniendo un peso máximo CARGADO que no exceda las 3.5 ton.”
Se puede argumentar que el vehículo con las modificaciones no supera esas toneladas. Aunque en el título diga (HASTA) “3850 kg”.
(El HASTA es mi argumento).
Gracias, ya nos encontremos en el camino.
Va a depender mucho del oficial que quiera ponerse a ver éso, la otra opción es el cambio de licencia a B2. Saludos
Hola tengo una Casillas rodante q fue un auto q tengo q hacer para no tener problemas con la policía
Hola Mariano. Tener la cédula verde que diga que es lo que tenés ahora, si es auto casilla que en el título diga que es una casilla rodante con motor, si no tiene motor que diga que no tiene motor y dar de baja el vehículo supongo. Vas a tener que ir a un registro automotor con los papeles que tengas a ver que te dicen. Habria que ver alguna foto, ya me dio curiosidad, subila a fbk y etiquetame @loschetoba o en twitter o instagram @chetoba o bien mandame un mail a chetoba@Gmial
Buenas. En la camioneta que viajamos no entramos todos, es posible viajar dentro de la casa rodante?
Hola Celeste. NO, para nada, no está habilitada la casilla rodante de tiro para el transporte de personas, ni aunque tengan asientos con cinturón de seguridad, de hecho es de mucho riesgo si se desengancha la unidad o hay un accidente. Todos en el vehículo y con un cinto cada uno, si no entran todos viajar en otro vehículo que acompañe el viaje o en bus los que no entren. Suerte
Hola hay q llevar matafuegos extra del auto ,si viajo con una CR remolcada ? Y que tipo sería en caso de respuesta positiva ? Gracias
Hola, Si, uno por unidad, el tipo ahora no me acuerdo, el que se usa para combustibles y sistema eléctrico, tienen letras ésas cosas, para la casilla es el mismo del que va en el auto, te sabrán asesorar en las casas de matafuego
hola , he leido todo el texto y no encontre la informacion que necesito , mi pregunta es , mi casa rodante tiene cedula verde propia , por lo cual el seguro lo hago con el nº de su patente, no necesito ponerle la 101 del coche remolque verdad o sea puedo remolcarlo con cualquier vehiculo?
gracias ATTE Antonio.
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Hola Antonio. No tengo experiencia, por lo que leí alguna vez tenés razón, si tiene todo propio la ventaja es que podés usar cualquier vehículo pero…. si querés estár seguro andate hasta la oficina de tránsito más cercana a tu domicilio o intentá mandar un mail a la dirección nacional de tránsito y preguntales, mejor es tener una respuesta oficial que no de usuarios. Yo ahora tengo una IVECO motorhome y pregunté alguna vez de quienes les hacian el cambio en el título y la mayoría me pusieron que nadie lo hacía, que nunca se lo pidieron y así me mandé a la ruta. Me pararon muchas veces, nunca me lo pidieron hasta que LO HICIERON y tuve un problemón además de finalmente tener que hacerlo. La moraleja es…. preguntar y ver lo que dice la ley, no “los expertos de la teoría de la baja probabilidad” jajaja. Abrazo y si tenés alguna respuesta oficial que quieras compartir sería genial poder agregarlo al artículo
buen día toba, quería comentarte que dentro de unos días iremos de vacaciones a uruguay por ruta, yo tengo una pequeña embarcación recreativa que con el trailer no supera los 250kg, lo único es que no tengo categoría b2 en el registro, ¿como podría hacer para que esto no me afecte al llevar el trailer y cruzar la frontera?
muchas gracias, esperaré con ansias tu respuesta.
Hola Benicio, no se me ocurre algo más lógico y tranquilo y legal que ver si te dá tiempo de hacer el B2 porque si tu licencia no permite vehículo de tiro vas a tener problemas no sólo en la frontera, en cualquier control que te pare la policia y son de parar siempre a más combis, trafics y casas rodantes que a autos, al menos acá en córdoba, viajo de mi ciudad a cordoba capital en auto y no me paran nunca, voy en la Iveco y me paran siempre en el control pasando el peaje, no falla, quieren ver si soy de carga si tengo todo al día, cuando ven que es motorhome me piden titulo de motorhome, saben que ahí hay más chances de que uno esté fuera de regla para cobrar. Yo siempre sugiero hacer las cosas bien de entrada. Saludos, suerte
Buen Día. Tenemos un trailer de 1 solo eje, pequeño. Mi consulta es si la patente la tiene que emitir el registro seccional de radicación del dominio que lo remolque o si la tenemos que conseguir de forma particular.
Hola Marìa. La patente 101 que es necesaria par el seguro se puede hacer por tu cuenta tengo entendido pero en los talleres que hacen patentes, no una chapa pintada a mano, tiene que tener la pintura reflectiva y diseño acorde para su fàcil visualizaciòn. Saludos
Hola mi nombre es miguel y obtuve una casilla de tiro que ya tiene unos cuantos años (mas de veinte) pero es de las que muchos prefieren por su buena fabricación y además es de 2 ejes balancin pero me llama la atención que esta patentada esto es indiferente? Espero tu respuesta
Hola Miguel. No te sabría decir. Puede que en aquella época la ley vial haya requerido el patentamiento. Fijate que no tenga deudas. Lo ideal es preguntar en el registro que figure patentada. Suerte y contanos como te fué, qué averiguaste así nos queda el relato que le puede servir a otra persona. Saludos
Buenas tardes, mi nombre es adrian, pienso viajar con un gol trend tirando una casilla rodante de 4 mts desde argentina a colombia. COnocen alguien que que allla hecho viajes largos? Alguna experiencia? Me preocupa como responda el auto ante la altura nivel del mar y las subidas. Gracias
Hola Adrian, hay gente que fue hasta Alaska con casillas de tiro. Altura nivel del mar no es problema, problema de 3500 msnm para arriba porque el auto va perdiendo fuera, especialmente si es naftero. Lo ideal es Diesel para la altura pero tampoco es tanto el tiempo de altura, depende que ruta elijas, intenta evitarla. En cuanto al motor y lo que pueda sufrir la respuesta está en el manual. Fijate cuánto dice que puedes llevar en kilos a remolque y verifica que tu casilla no exceda ése peso. Cada vehículo tiene su límite de arrastre, no lo excedas y estará todo ok. Saludos
hola que tal, estoy interesado en información, estoy con ganas de armarme yo una casa rodante, hay alguna ley que prohíba que la pueda circular? hasta que largo la puedo hacer? yo pensaba 2,30 mas el enganche, la voy a tirar con una auto renault 11, pero la casa que yo quiero hacer seria con techo elevado, osea levantar el techo para el alto adecuado en el lugar, seria siempre el alto de una trailer comun, estando en el lugar elevaria el techo. se puede hace eso? espero respuesta gracias.
Hola Matías, No entendí mucho lo del auto pero a ver, no hay ley que lo prohiba sinó no habría ninguna en la calle. Para poder circular debe registrarse con la patente vinculada a tu auto para éso necesitas la homologación del fabricante, cada fabricante te ayudará con la información que vas a necesitar para poder circular en ciudad y ruta con la casita rodante. Saludos, suerte con el proyecto.